Condenas a 25 y 24 años de penitenciaría para dos hombres por un doble homicidio

Además se les impuso medidas de seguridad eliminativas por el mínimo de un año y un máximo de diez años, las que comenzarán a ejecutarse luego de cumplida la pena impuesta.

hombre pareja ahorcó

La Fiscalía Departamental de Rivera de 1° turno, obtuvo como resultado de juicio oral, la condena de dos hombres por un doble homicidio cometido en julio de 2021, según se informó desde la Fiscalía. 

E.G.M. fue condenado como coautor penalmente responsable de un delito de homicidio muy especialmente agravado por el concurso a la pena de veinticuatro años de penitenciaría de cumplimiento efectivo.

M.P. fue condenado como coautor penalmente responsable de un delito de homicidio muy especialmente agravado por el concurso a la pena de veinticinco años de penitenciaría de cumplimiento efectivo.

Asimismo, se impuso para ambos condenados medidas de seguridad eliminativas por el mínimo de un año y un máximo de diez años, las que comenzarán a ejecutarse luego de cumplida la pena impuesta.

En la noche del 7 de julio de 2021, los dos hombres se reunieron con cuatro hombres más e instantes después se dirigieron a pie por la vía férrea hacia una vivienda del barrio Lavalleja.

Luego, cinco de ellos ingresaron a la vivienda y uno quedó afuera. Apenas minutos después, los seis hombres se retiraron corriendo del lugar, volviendo rápidamente por el mismo camino pero en sentido contrario.

Durante el tiempo que permanecieron dentro de la vivienda, se produjeron varias detonaciones de arma de fuego. En consecuencia, en el interior del inmueble se hallaron dos hombres fallecidos por heridas de arma de fuego. Un tercer hombre salió de la vivienda en busca de ayuda, herido y con abundante sangrado.

La Fiscalía logró demostrar que E.G.M. fue uno de los seis hombres que perpetraron el ataque. La participación del ahora condenado surge planamente acreditada con la declaración de los testigos de identidad reservada, los registros de videovigilancia y las pruebas incautadas producto del allanamiento realizado en la vivienda de M.

A la vez, se comprobó que M.P. fue otro de los hombres que ingresaron a la finca ya que las trazas del dispositivo de monitoreo electrónico -que P. porta- permitieron ubicarlo en el lugar y momento de acaecidos los hechos. Testigos de identidad reservada también confirmaron la participación de P. en la escena.

Así, el juez del caso dio por probada la teoría del caso presentada por la Fiscalía, la cual presentó, entre otros, los siguientes elementos de prueba: relevamiento fotográfico de la escena del hecho, protocolo de autopsia de ambas víctimas, informe de videovigilancia con relevamiento fotográfico y de video, historial de rastreo de monitoreo electrónico, incautación de pruebas producto de allanamientos realizados y declaraciones de testigos de identidad reservada, de funcionarios policiales y de peritos forenses.

En la sentencia, el magistrado concluyó que “si bien no se demostró cuál de los seis masculinos que concurrieron al lugar del hecho efectuó los disparos ni tampoco se probó el motivo del ataque, ha quedado plenamente probado que los encausados participaron cooperando en la realización del delito en la fase ejecutiva, por lo que está acreditada la coautoría en el delito de homicidio muy especialmente agravado”.

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