Incidentes del clásico: Sancionan a Nacional y a Peñarol con 2 partidos sin sus hinchas

El tricolor jugará sin su público contra Cerro Largo y Defensor, mientras que los aurinegros contra Cerrito y Torque.

Nacional y Peñarol fueron sancionados con 2 partidos sin hinchas debido a los incidentes del pasado clásico. La Comisión Disciplinaria de la Asociación Uruguaya de Fútbol dio a conocer el fallo por los incidentes del partido Nacional-Peñarol del Gran Parque Central el domingo 4 de setiembre, el cual los obliga a jugar sin público los próximos dos partidos que disputen como locales.

La sanción hará que el tricolor deba jugar sin su público en los encuentros contra Cerro Largo y Defensor Sporting por las fechas 10 y 12 del Torneo Clausura, mientras que, en caso de los aurinegros, los hinchas no podrán acceder al Campeón del Siglo contra Cerrito y Montevideo City Torque por las fechas 9 y 10.

En los cuatro partidos solo habría ingreso permitido para socios visitantes.

Mientras que a los aurinegros se los castigó por las roturas causadas por su parcialidad, el lanzamiento de proyectiles y bengalas, y el ingreso de una gallina inflable y una bandera aludiendo a un asesinato; los tricolores fueron sancionados por devolver proyectiles, lanzar maíz a Kevin Dawson, permitir el pasaje de un grupo de hinchas de la tribuna Abdón Porte a la Atilio García, y engrasar la tribuna visitante por parte de hinchas que ingresaron a la tribuna visitante.

Texto íntegro del fallo

“1. Determinar la existencia de responsabilidad objetiva de parte de Nacional y Peñarol.

2. Sancionar a Nacional y Peñarol con la sanción de suspensión de jugar 2 partidos como local a puertas cerradas (art. 14 literal g y art. 42.1 literal c). Se sugiere y faculta a la Mesa Ejecutiva al amparo de lo dispuesto por el artículo 5.2 in fine del Código Disciplinario (facultad de dictar instrucciones), la adopción de medidas conducentes a la no afectación de derechos de terceras instituciones que se enfrenten con la sancionada durante la suspensión dispuesta.

3. Remitir las presentes actuaciones a la Cámara de Resolución de Disputas de la AUF considerando el reclamo por los destrozos detallados en el expediente y su monto.

4. Comuníquese a la Mesa Ejecutiva de la LPPD a sus efectos, a las instituciones involucradas, regístrese y oportunamente archívese”.

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