Recarey ordenó la suspensión de vacunación anticovid en menores de 13

Una vez acreditado el cumplimiento de ciertas exigencias puestas, quedará habilitada la posibilidad de solicitar la reanudación.

El Ministerio de Salud Pública compareció en el día de hoy para contestar las demandas de amparo presentadas ante el juez del Tribunal de los Contencioso Administrativo (TCA) Alejandro Recarey. Quien finalizada la misma ordenó suspender la vacunación contra el coronavirus para niños de entre 5 y 13 años.

El fallo ordena la «suspensión inmediata de las vacunaciones contra el SARS-CoV-2 a niños menores de 13 años de edad». Esto será «bajo apercibimiento de desacato». La sentencia obliga a suspender la vacunación en niños «hasta tanto no se cumplan los siguientes condicionamientos», dice el juez, y detalla:

  1. Se publique o publiquen íntegros y sin testados, todos los contratos de compra de estas vacunas. Así como todo documento adjunto a ellos, en especial todos aquellos que detallen la composición de las sustancias a inocular.
  1. Se elabore un texto -a suministrar a los responsables de los menores que se vacunen- que informe completamente y con claridad acerca de los siguientes puntos.
    1. La composición de las sustancias inyectables (todos los elementos que contengan, de la naturaleza que fueren).
    2. Los beneficios que conlleva la vacuna.
    3. Los riesgos que tenga. Con detalle de su naturaleza, probabilidad, magnitud y, de ser ello posible, momento de ocurrencia.
    4. Que aclare que la sustancia tiene solo autorización de emergencia y no definitiva. Explicando en términos sencillos qué diferencia suponen esos dos tipos de permisiones. En orden específico a la ponderación privada de los riesgos antedichos.
    5. Que se detallen los efectos adversos ya detectados, en su totalidad. Actualizando periódicamente esta información.
    6. Se lleven adelante los controles a los que el estado está obligado por el art. 2 inc. 5 de la ley nº 9202.

Una vez acreditado ante esta sede el cumplimiento de estas exigencias, quedará habilitada la posibilidad de solicitar de ella la reanudación, también inmediata, de las vacunaciones. A cuyos efectos se seguirá, residualmente, el procedimiento de los incidentes fuera de audiencia».

Apelación

La medida respecto a la vacunación deberá hacerse efectiva en 24 horas. Por su parte el Ministerio de Salud Pública (MSP) indicó que la cartera apelará la decisión de la Justicia. En los recursos de amparo la apelación no tiene efecto suspensivo, por lo cual, aunque el Ministerio apelará, la resolución se mantendrá.

Más de la mitad de los niños de entre cinco y 13 años ya fue vacunado en Uruguay. Según la información oficial, el 53% de los menores en esa franja etaria recibió al menos una dosis, mientras que el 79% de los adolescentes de entre 12 y 14 años tiene la primera vacuna de Pfizer.

Parte de la información que solicitaba el recurso de ampro al que dio lugar Recarey implicaba que el gobierno diera a conocer los contratos que selló con las diferentes compañías que vendieron dosis al país.

Sin embargo, en el escrito presentado ante la Justicia por parte del MSP y Presidencia de la República se asegura que es imposible responder a esta solicitud, dado que esos documentos poseen una cláusula de confidencialidad que no le permite al Estado uruguayo divulgarlos.

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