Senado comenzó estudio de iniciativa de Gloria Rodríguez sobre paridad en cargos electivos

La legisladora aspuira a que la mitad en las listas sean hombres y la otra mitad mujeres.

La senadora Gloria Rodríguez presentó un proyecto de paridad de la participación de ambos sexos en las candidaturas a cargos electivos que comenzó a ser estudiado en la Comisión de Derechos Humanos y Género del Senado en la jornada de ayer.

La iniciativa reforma la normativa vigente que consagra la cuotificación de la participación, asegurando un cargo para cada tercio de electores, reservando dos para un género y el tercero para otro.

La legisladora sostuvo en diálogo con Diario La R que la norma proyectada aspira a reflejar “lo que demográficamente representamos; somos el 51% de la población del país. Tenemos que estar representadas como corresponde”.

Rodríguez explicó que presentó el proyecto sin involucrar al Partido Nacional, debido a que hay parlamentarios del oficialismo que rechazan el concepto, señalando como ejemplo al senador Jorge Gandini (Por La Patria).

En contrapartida, señaló estar dispuesta a retirar su articulado si existiera voluntad explícita de avanzar hacia la paridad en un acuerdo que incluya a todos los partidos, así como adelantó que está dispuesta a fusionar su texto con los de otros proyectos que persigan el objetivo.

Democracia y Paridad

Según la Exposición de Motivos: “Una Democracia como la nuestra, consolidada, con Instituciones democráticas firmemente asentadas y con un largo recorrido histórico, a la vez que dinámicas, siguiendo una línea de evolución claramente ascendente, en lo que hace al reconocimiento y promoción de los derechos y garantías en su más amplio espectro”. 

“Todo lo cual la ha hecho acreedora de un merecido respeto y destaque a nivel internacional”, añade. 

“No puede permitirse al momento de la integración de sus principales órganos de representación y de gobierno, tener registros cuantitativos que permanezcan tan alejados de la participación paritaria de ambos sexos, como sucede en la actualidad”. 

A su vez, agrega que “nos remitimos aquí a los datos y conclusiones de Organismos Internacionales tan prestigiosos como las Naciones Unidas, que han estudiado con detenimiento este aspecto de la Democracia Uruguaya, (Informe ONU – Mujeres 2017: «Uruguay, una democracia consolidada aún muy lejos de la paridad». Diagnóstico sobre las condiciones para ejercer el derecho a la participación política de las mujeres)”.

Rodríguez señaló que es feminista, pero no es radical. Cuestionó a los colectivos de los feminismos radicales que atacan a instituciones religiosas y se proclaman en combate contra los varones. 

“Considero que esos grupos nos provocaron muchísimo daño a quienes venimos tratando estos temas desde hace varias décadas”, profundizó. 

Cuotificación insuficiente

Reconocemos que el régimen legal vigente -prosigue la Exposición de Motivos-, «establecido en la Ley 18.4 76, conocida como «Ley de Cuotas», ha representado un importante avance en la historia de las Instituciones Democráticas del país». 

Agrega que «luego de más de diez años de vigencia, pese a sus reformas y adecuaciones (Leyes 18.487 y 19.555); no ha sido suficiente como instrumento jurídico, para acelerar definitivamente en los hechos, el ritmo de la incorporación de las mujeres a los órganos de representación y de decisión política». 

«Tanto a nivel de los partidos políticos, como a nivel de los diversos órganos de gobierno nacionales, departamentales y municipales. Vale decir, que, como Sistema, la cuotificación (de al menos un tercio), entendemos que ha jugado un papel muy importante, poniendo encima de la mesa de forma clara y contundente la importancia de la participación política de las mujeres en la vida institucional, rol que reconocemos y valoramos muy positivamente en el acervo de la legislación en vigor» sostiene la legisladora. 

En otra parte de al iniciativa se sostiene que «la realidad de su aplicación fáctica, nos ha demostrado, que hoy por hoy para seguir avanzando en la dirección de la afirmación del derecho a la participación política de las mujeres, este sistema debe ser revisado en profundidad. Y esta revisión debe ser tanto de concepto, superando el método de la cuotificación, como a nivel del diseño de los instrumentos jurídicos idóneos, a los cuales se recurre para efectivizar las aspiraciones del Legislador. Para lograr el efectivo ejercicio del derecho a la participación política de las mujeres, es preciso abandonar el sistema de cuotas, pasando a un régimen que consagre la participación política paritaria de personas de ambos sexos en los órganos electivos, y que a su vez brinde los medios jurídicos adecuados para garantizar con eficacia, la vigencia de este derecho en la realidad política de las Instituciones».

Subrepresentación

Dentro del articulado se expresa: “A los efectos de la presente ley, se entenderá que existe subrepresentación de uno de los sexos, cuando el porcentaje de integrantes titulares de ese sexo en el órgano de que se trate, sea inferior al cincuenta por ciento del total de sus

integrantes, en aquellos órganos de integración par, o fuere inferior a la mayoría absoluta del total de componentes del mismo, cuando el órgano sea de integración impar”. 

“A estos efectos, la existencia o no de subrepresentación se determinará tomando en cuenta la integración del órgano antes de producirse la vacancia respectiva”.

También indica el articulado que “el sistema de suplentes respectivos las listas o nóminas de candidatos titulares y las de suplentes son independientes una de otras en lo referente a su conformación paritaria y no pueden considerase en su conjunto a tales fines”. 

“Se deberán integrar en forma alternada y secuencial con personas de ambos sexos, por un lado, la lista de titulares y por otro la lista de suplentes”.

“El sistema mixto de suplentes preferenciales y respectivos, se rige por las reglas del sistema de suplentes respectivos”.

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