Senado de México aprobó la prohibición de las terapias de reconversión

Lo que representa una victoria legislativa para la comunidad LGBTTTIQ+.

Este martes 11 de octubre, el Pleno en el Senado de México discutió y votó las modificaciones al Código Penal Federal (CPF) y Ley General de Salud (LGS) penalizando las llamadas terapias de reconversión, con lo cual se prohíbe que un terapeuta, grupo de ayuda, comunidad o quien sea, manipule, violente, oriente de manera coercitiva o disuada contra su voluntad a cualquier persona en relación al libre ejercicio de su sexualidad, lo que representa una victoria legislativa para la comunidad LGBTTTIQ+, pues en dichas terapias se han registrado violaciones a los derechos humanos y, en caso de que se ejerzan, planteó un marco punitivo para evitar víctimas de diferentes tipos de tortura.

Durante la discusión parlamentaria, y como era de esperarse, algunos miembros del Partido Acción Nacional (PAN) argumentaron contra la redacción actual de la iniciativa, pues la categorizaron como un exceso y de carácter punitiva contra las y los profesionistas de las salud mental, ya que podría, según ellos, atraer limitaciones en los procesos terapéuticos.

Sin embargo, la reforma la aprobaron con 69 votos a favor, dos en contra y 16 abstenciones, por lo que la reforma fue remetida a la Cámara de Diputados para su ratificación y su posible promulgación, esto para que se ratifique la creación en el CPF de delitos contra la orientación sexual o la identidad de género de las personas.

Se busca que ninguna persona no heteronormada sea objeto de torturas ni abusos

Las terapias de reconversión acapararon la óptica social cuando se hicieron famosas las prácticas violentas para “corregir” conductas sexuales no heteronormadas, siendo la tortura psicológica y física una práctica usual en algunos grupos de personas dedicadas a “hacer” heterosexual a una persona de la comunidad LGBTTTIQ+.

La iniciativa busca que ninguna persona no heteronormada sea objeto de torturas ni abusos por parte de este tipo de prácticas, mismas que han sido relacionadas algunos miembros de la derecha o cultos relacionados a la iglesia católica en México; sin embargo, los senadores que se posicionaron en contra apuntaron que existe el riesgo de que los terapeutas profesionales se sientan intimidados al momento de ejercer y tener que tratar temas de género y sexualidad y clasificaron como un abuso el prohibirle a una persona adulta el decidir o no a recibir cualquier tipo de terapia: “están planteando que le prohíbas a un adulto que pueda ir con un psicólogo a abordar el tema de orientación sexual”.

No obstante, las bancadas promotoras de dicha iniciativa aseguraron que no están en contra de que las personas reciban terapia, sino contra las prácticas coercitivas y violatorias de los derechos humanos.

Finalmente, respecto a la narrativa, insistieron en que la prohibición de las terapias de reconversión se debe de apreciar como la articulación del Estado mexicano para evitar violaciones a las garantías individuales en contextos de vulnerabilidad en sus familias y/o comunidades, pues la solicitud de dichas terapias suele hacerse a petición de personas externas que reprueban el comportamiento del sujeto de la terapia, por lo que se espera que, al largo plazo, este tipo de ejercicios se deje de practicar.

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