El decreto indica que se debe indicar la cantidad de cigarros,marca, y el tamaño de las cajillas. El informe debe ser presentado semestralmente ante el MSP. Se incluyen los cigarros eléctricos o de vapeo.
El decreto indica que “resulta fundamental para el Programa Nacional para el Control de Tabaco de la Dirección General de la Salud del Ministerio de Salud Pública, disponer de información de mercado exacta a los efectos de monitorear la magnitud del consumo así como las pautas del consumo de tabaco en nuestro país”.
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